¿Cuántos extintores necesita mi local o empresa?
Si tienes un negocio, una oficina o una nave industrial, estás obligado por ley a disponer de extintores. Pero la pregunta que más nos hacen en NAES PCI es siempre la misma: ¿cuántos extintores necesito exactamente?
La respuesta depende de varios factores: el tamaño de tu local, el tipo de actividad que realizas y la normativa que te aplica. En este artículo te lo explicamos de forma clara, con los criterios legales vigentes en España, para que puedas saber si cumples con la ley.
¿Qué dice la normativa sobre el número de extintores?
En España, la normativa principal que regula los extintores en locales y empresas es el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), aprobado por el Real Decreto 513/2017. Este reglamento se aplica en combinación con el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI), según el tipo de edificio o actividad.
La regla general que establece la normativa es la siguiente: Se debe instalar un extintor portátil de eficacia mínima 21A-113B por cada 15 metros de recorrido real desde cualquier punto del local hasta el extintor más cercano.
En la práctica, esto se traduce en una superficie aproximada de cobertura de 200 m² por extintor, aunque este cálculo puede variar según el nivel de riesgo del local.
¿Cuántos extintores necesito según el tamaño de mi local?
Esta es la tabla orientativa más utilizada para locales de riesgo bajo o medio (oficinas, comercios, pequeñas industrias):
| Superficie del local | Número mínimo de extintores |
|---|---|
| Hasta 200 m² | 1 extintor |
| De 200 a 400 m² | 2 extintores |
| De 400 a 600 m² | 3 extintores |
| De 600 a 800 m² | 4 extintores |
| Por cada 200 m² adicionales | +1 extintor |
El nivel de riesgo cambia el número de extintores
No todos los locales son iguales. La normativa clasifica el riesgo de incendio en tres niveles, y esto afecta directamente al número y tipo de extintores requeridos:
Riesgo bajo
Locales con poca carga de fuego y materiales poco inflamables. Ejemplos: oficinas, despachos profesionales, consultas médicas, pequeños comercios de moda o alimentación.
- Un extintor de polvo ABC o CO₂ cada 200 m²
- Eficacia mínima: 21A-113B
Riesgo medio
Actividades con mayor carga de fuego o presencia de líquidos inflamables. Ejemplos: talleres mecánicos, almacenes, restaurantes, supermercados, centros comerciales.
- Un extintor cada 150 m²
- Se recomienda combinar extintores de polvo con extintores de CO₂ en zonas eléctricas
Riesgo alto
Industrias con materiales muy inflamables, procesos con calor o riesgo de explosión. Ejemplos: industria química, maderera, almacenes de materiales peligrosos, cocinas industriales.
- Un extintor cada 100 m²
- Puede requerirse también sistemas fijos de extinción (rociadores, BIEs)
- Necesita proyecto técnico específico

Casos especiales: establecimientos con normativa propia
Hay tipos de locales que cuentan con una normativa sectorial más específica que puede exigir más extintores de los mínimos generales:
Garajes y aparcamientos
El CTE-SI exige al menos un extintor de eficacia 21A-113B por cada 20 plazas de aparcamiento o fracción, y nunca a más de 15 metros de recorrido de cualquier punto.
Hostelería y restaurantes
Las cocinas industriales requieren extintores de clase K (para fuegos de aceites y grasas vegetales) además de los extintores de polvo o CO₂ estándar para el resto del local.
Establecimientos con público (espectáculos, hoteles, centros educativos)
Están sujetos al CTE Documento Básico SI y pueden requerir un mayor número de extintores en función de la ocupación y los recorridos de evacuación.
Naves industriales
Se rigen por el RSCIEI (Real Decreto 2267/2004). El cálculo del número de extintores aquí es más complejo y depende de la carga de fuego ponderada, el nivel de riesgo intrínseco y la superficie del sector de incendios.
Tipos de extintor: ¿cuál necesito?
Tener el número correcto de extintores no es suficiente: también hay que elegir el tipo adecuado según la actividad:
| Clase de fuego | Qué arde | Extintor recomendado |
|---|---|---|
| Clase A | Sólidos (madera, papel, tela) | Polvo ABC, agua pulverizada |
| Clase B | Líquidos inflamables (gasolina, pintura) | Polvo BC o ABC, CO₂ |
| Clase C | Gases inflamables (propano, butano) | Polvo ABC |
| Clase D | Metales (magnesio, aluminio) | Polvo específico clase D |
| Clase K | Aceites y grasas de cocina | Extintor clase K |
| Fuegos eléctricos | Cuadros, servidores, maquinaria | CO₂ (no deja residuos) |
Para la mayoría de oficinas, comercios y locales estándar, el extintor de polvo ABC de 6 kg es la solución más habitual y versátil.
¿Dónde deben colocarse los extintores?
La normativa también regula cómo y dónde deben instalarse los extintores, no solo cuántos:
- La parte superior del extintor debe estar a no más de 1,70 metros del suelo
- Deben estar señalizados con pictograma normalizado
- Tienen que estar accesibles y visibles, no escondidos detrás de puertas o muebles
- Deben colocarse cerca de los focos de mayor riesgo y en las vías de evacuación
- No pueden estar expuestos a temperaturas extremas ni a ambientes muy húmedos
¿Con qué frecuencia hay que revisar los extintores?
Tener los extintores en número correcto no sirve de nada si no están en buen estado. La normativa establece las siguientes revisiones obligatorias:
| Tipo de revisión | Periodicidad | Quién la realiza |
|---|---|---|
| Revisión ocular básica | Cada 3 meses | El titular del local |
| Revisión anual | Cada 12 meses | Empresa mantenedora autorizada |
| Retimbre (prueba de presión) | Cada 5 años | Empresa con taller autorizado |
| Recarga | Tras cada uso o revisión que lo requiera | Empresa autorizada |
¿Qué pasa si no tengo los extintores reglamentarios?
Carecer de la dotación mínima de extintores o tenerlos en mal estado puede tener consecuencias graves:
- Sanción económica por parte de la Inspección de Trabajo o los bomberos
- Responsabilidad civil en caso de incendio si se demuestra incumplimiento normativo
- Problemas con el seguro: muchas aseguradoras pueden no cubrir los daños si no se cumple la normativa PCI
- En casos graves, cierre cautelar del local por parte de la autoridad competente
Resumen rápido: lo que necesitas saber
- La regla general es 1 extintor por cada 200 m² en locales de riesgo bajo/medio
- El recorrido máximo desde cualquier punto del local hasta un extintor es de 15 metros
- El nivel de riesgo de tu actividad puede obligarte a instalar más extintores o de mayor capacidad
- Garajes, cocinas, naves industriales y locales con público tienen normativa específica
- Los extintores deben revisarse cada año por empresa autorizada y retimbrarse cada 5 años
¿No tienes claro cuántos extintores necesita tu empresa?
En NAES PCI somos especialistas en protección contra incendios en Zaragoza con más de 20 años de experiencia. Realizamos visitas gratuitas para evaluar tu instalación, calcular la dotación necesaria y garantizar que cumples con toda la normativa vigente.
Llámanos al 976 100 668 o escríbenos a naes@naespci.com y te asesoramos sin compromiso.
